Modelos 184 y 347 ¿Que son? Condiciones para presentarlos ¿Cuando se presentan?
El modelo 184 o la declaración de entidades en régimen de atribución de rentas, la presentarán las comunidades de propietarios de Madrid que obtengan ingresos totales superiores a 3.000 € en el año natural (De, por ejemplo: Alquiler de zonas comunes, antenas, carteles publicitarios… etc).
El modelo 347 o la declaración de operaciones con terceros, la presentarán las comunidades de propietarios que hayan efectuado operaciones con terceros que hayan superando la cifra de 3.005,06 € durante el año natural correspondiente. A excepción de las siguientes operaciones:
1.- Las de suministro de energía eléctrica y combustibles de cualquier tipo con destino a su uso y consumo comunitario.
2.- Las de suministro de agua con destino a su uso y consumo comunitario.
3.- Las derivadas de seguros que tengan por objeto el aseguramiento de bienes y derechos relacionados con zonas y elementos comunes
El plazo de presentación de ambos modelos es del 1 al 29 de febrero del año en curso, con relación a las operaciones realizadas en el año anterior.
En ANíDA Gestión estamos especializados en administración de fincas en Madrid.



